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¿Cuándo puedo resolver mi contrato de edición?

¡ Hola!

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Ilustración de Jose Domingo

Durante la vida de nuestros contratos de edición nos podemos enfrentar a situaciones incómodas o problemas graves por incumplimiento de alguna de sus cláusulas.

Quizá pienses que no tienes nada que hacer ante ellos, por ejemplo, imagina que se ha agotado la primera edición de tu fabuloso libro, la editorial no está por la labor de realiza una segunda edición y aún quedan tres años para que finalice el contrato. Tres años en los que tu obra no estará disponible para el público y, por tanto, suponiéndote una pérdida económica y privándote de que tu obra sea disfrutada y conocida por un público cada vez mayor. Y en algunos casos, los contratos se firman hasta por diez y quince años. Una eternidad para tener tu libro flotando en el limbo. ¿Crees que lo único que te queda es esperar a que pase el tiempo y se extinga el contrato?

¡¡Piiiiiiiii!! ¡¡Error!!

Si por contrato pactaste más de una edición,ésta se ha agotado y ha pasado más de un año desde que requeriste a tu editorial para que realizase una nueva tirada, estamos ante un motivo de resolución del contrato. Es decir, un motivo para poner fin al contrato sin esperar a su extinción.

Y al igual que esa, nuestra legislación recoge otras causas de resolución.

Pero volvamos a nuestro contrato, ya que en él estarán recogidas las condiciones de resolución y extinción del mismo. Ahí y en nuestra Ley de Propiedad Intelectual. Por lo que en caso de conflicto debemos acudir a ambos.

La importancia de los contratos

¿Recuerdas cuando en mi post “3 razones por las que firmar un contrato al ceder tu obra” veíamos que el contrato era cosa de dos? Que tanto a la editorial como a ti os interesaba firmarlo ya que era la mejor forma de dejar constancia de los derechos y obligaciones de cada parte, así como el mejor documento para asegurarse de que estos términos se cumplen.

Un contrato es el documento donde quedará recogida la voluntad de las partes. Donde se fijarán los derechos pero también las obligaciones de cada. Una vez firmado, tendrá fuerza de ley, esto es, que las partes estarán OBLIGADAS a cumplirlo. En el caso de incumplimiento por parte de una de ellas, la otra podrá reclamar su cumplimiento ante los tribunales.

La vida de un contrato no acaba con su firma, no, no. Es más, ahí empieza su verdadera andadura, por lo que es necesario mantener un seguimiento y volver a sus cláusulas una y otra vez para comprobar si se están cumpliendo las condiciones y los términos pactados.

¿Qué otras causas pueden dar lugar a la resolución de mi contrato?

Cada contrato es un mundo, debemos acudir siempre a los nuestros y revisar los términos y condiciones en el caso de que tengamos algún conflicto con nuestra Editorial.

A continuación, te mostraré las causas de resolución que recoge nuestra legislación.

Cuando el Editor,

  • No ha realizado la edición ni en el plazo ni con las condiciones pactadas.
  • No muestra al autor las pruebas de la tirada, a no ser que se pacte lo contrario.
  • No le dé a la obra una explotación continua.
  • No satisfaga al autor la remuneración pactada.
  • Procede a la venta de la edición en saldo sin cumplir una serie de requisitos de notificación previa al autor.
  • Cede los derechos a un tercero de forma indebida.
  • No realice otra edición de la obra, si se ha pactado más de una, en el caso de que haya transcurrido un año desde que fue requerido a ello por parte del autor.
  • Realice un cambio de titularidad de la empresa o liquide la misma.
  • No cumpla con los requisitos del control de tirada.
  • Ha cesado su actividad o está suspendida por un procedimiento concursal, la autoridad judicial fijará un plazo a instancia del autor para que se reanude la explotación de la obra, de no ser así, el contrato quedará resuelto.

¿Por qué es importante conocer esto?

Todo el tiempo que tu obra esté parada es tiempo perdido, significa que podrías estar explotando tu obra con otra editorial o cediendo los derechos de la misma para otra modalidad de explotación.

Nuestra implicación y respeto hacia nuestro trabajo pasa también por conocer nuestros derechos y asegurarnos de que su explotación es la correcta para nuestros intereses.

Lo ideal es mantener una relación cordial, de confianza y buena comunicación con la editorial.  No pierdas de vista que a tu editorial también le interesa que el libro marche lo mejor posible, por lo que compartís, o al menos así debería ser, el interés en que el libro tenga una vida larga comercialmente y que llegue al mayor público posible.

Analiza la causa, plantea el problema a tu editorial e intentad buscarle una solución fácil. Si ves que todo esto te queda grande o no sabes por dónde empezar, no te vuelvas loco, asesórate, pregunta a tu asociación o busca un profesional que te ayude con todo el proceso y así darle buen término al problema.

Espero que este post te haya servido para conocer y proteger mejor tus derechos y tu trabajo. Te espero en el próximo post, hasta entonces ¡Feliz creación!

Isabel Méndez

Y recuerda:

  • Un contrato es la mejor herramienta para velar por tus intereses.
  • Como autor tienes derechos y obligaciones, conocerlas te permitirá proteger mejor tu trabajo.
  • La vida del contrato no acaba tras su firma, es necesario hacer un seguimiento.
  • Tu editorial y tú tenéis intereses comunes, mantener una relación amistosa y cordial con ella es importante para el buen funcionamiento de la obra.

 

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